Periodo de prueba
- ¿A partir de cuándo empieza a contar el inicio de mi periodo de prueba?
- ¿Es necesario solicitar un alcance a la Resolución mediante la cual me fue otorgada la vacancia temporal en la Secretaría Distrital de Planeación, dado que condiciona los tiempos a la fecha de posesión en el cargo de la Secretaría Distrital de Hacienda, mas no prevé los tiempos que ha generado la declaración del Estado de Emergencia?
- En caso tal, que sea extendido el aislamiento preventivo obligatorio y/o sea declarado nuevamente el Estado de Emergencia, cómo se contarían los tiempos para iniciar mi periodo de prueba.
- Dado que por lo anteriormente explicado en el oficio, me encuentro en periodo de inducción y no se han concertado objetivos, ¿qué sucede con este tiempo en mi registro de evaluación?, pues las actividades de inducción que estoy realizando no corresponden a los compromisos previamente acordados en la Secretaría Distrital de Planeación y tampoco tengo como relacionarlos en el sistema a lo que se esperaría concertar en el periodo de prueba.
Por otra parte, es de mi interés consultar, y teniendo en cuenta mi situación anteriormente expuesta, en que momento y bajo qué circunstancias puedo hacer uso del disfrute de vacaciones, en el entendido que en la Secretaría Distrital de Planeación adquirí el derecho a disfrutar un periodo de vacaciones completo el 12 de febrero de 2020.

