Encargo y empleos temporales
Procedimiento de acceso a encargo para los servidores que han venido desempeñando empleos temporales.
Procedimiento de acceso a encargo para los servidores que han venido desempeñando empleos temporales.
La entidad debe analizar la totalidad de la planta de personal, a fin de identificar cuáles funcionarios de carrera cumplen o no con las condiciones y requisitos legales para acceder al encargo.
¿Es viable dejar sin efectos el acto administrativo que encargó en un empleo de carrera administrativa a un servidor de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Gobierno teniendo en cuenta que se pudo constatar que a un servidor le asistía el mejor derecho y cumplía con los requisitos para ser encargado?
¿Los cargos que no fueron convocados al concurso No. 431 de 2016 y que a la fecha están vacantes de forma definitiva, por pensión, renuncia o muerte del funcionario titular y que actualmente se encuentran ocupados por provisionales, se les debe aplicar el derecho preferencial de ser encargados a funcionarios de carrera administrativa que cumplan los requisitos legales para ello?
¿Los cargos que no fueron convocados al concurso No. 431 de 2016 y que a la fecha están vacantes de forma definitiva, por pensión, renuncia o muerte del funcionario titular y que actualmente se encuentran ocupados por provisionales, se les debe aplicar el derecho preferencial de ser encargados a funcionarios de carrera administrativa que cumplan los requisitos legales para ello?
¿Cuál sería el procedimiento a seguir en caso de surtirse encargo en un empleo en vacancia definitiva, cuando uno de los candidatos se encuentra en período de vacaciones?
Los servidores públicos que acaban de superar el periodo de prueba pueden ser encargados, siempre que acrediten los requisitos descritos en la Ley 909 de 2004
Los servidores públicos que acaban de superar el periodo de prueba pueden ser encargados, siempre que acrediten los requisitos descritos en la Ley 909 de 2004
Siendo del nivel técnico: ¿Pueden promoverme el encargo?
¿La necesidad del servicio está por encima de los derechos de carrera?
¿Tratándose de una planta global es cierto que no se puede reubicar el cargo a otra área?
"( ) Solicito se dé un concepto jurídico donde se informe si fue procedente realizar el nombramiento en encargo ( ) Técnico 314-01 para la vacante del nivel Asistencial — Auxiliar Administrativo 407-11 ( ), toda vez que la norma dice que el cargo debe ser asumido por el empleado del cargo inmediatamente inferior y como se evidencia en los anexos el empleado del nivel técnico paso al asistencial Lo que deja a la deriva si se vulnero el derecho de los empleados de carrera administrativa para acceder a esta vacante del nivel asistencial de los grados inmediatamente inferiores al auxiliar administrativo 407-11 como lo son Auxiliar Administrativo 407-01 al 08 * Secretana 425-05 al 09/ Auxiliar Servicios generales
470-03?