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Más de $5.035 millones en créditos educativos 100% condonables con los Fondos FRADEC y FEDHE ¡Muy pronto abriremos inscripciones!

Fecha publicación
Fondos

El Sector Gestión Pública, a través del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, impulsa la formación académica de las y los servidores públicos del Distrito e hijos o hijas. A través del Fondo Educativo en Administración de Recursos para Capacitación Educativa de los Empleados Públicos del Distrito Capital - FRADEC y el Fondo Educativo del Distrito para Hijos de Empleados FEDHE, se otorgarán créditos educativos 100% condonables para cursar programas de nivel técnico profesional, tecnológico, profesional o de posgrado, en modalidad presencial, semipresencial o virtual, en Instituciones de Educación Superior en Colombia debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.

Para este año, se han destinado $2.450 millones para la décima quinta convocatoria de FRADEC y $1.650 millones para la séptima convocatoria de FEDHE, sumando además $934 millones adicionales provenientes de rendimientos financieros, distribuidos en $634 millones para FRADEC y $300 millones para FEDHE. Estos recursos serán incorporados al presupuesto de cada fondo para la vigencia 2025, en cumplimiento de los acuerdos sindicales, con aprobación de la administración distrital y las organizaciones sindicales (1).

Por esto, nos anticipamos para brindar toda la información necesaria para que las y los interesados lleguen al momento de las inscripciones con la tranquilidad de tener los documentos listos. A continuación, encontrarán una guía detallada de los requisitos y documentos necesarios:

FONDO FEDHE

FEDHE, ha establecido criterios claros y precisos para la financiación de matrícula de programas académicos para financiar la educación Formal de los hijos e hijas de las y los servidores públicos del Distrito en Instituciones de Educación Superior (IES) en Colombia aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional y para garantizar la transparencia y equidad en la asignación de estos recursos, se han definido requisitos mínimos que deben ser verificados rigurosamente por el ICETEX y que se encuentran en el reglamento operativo del Fondo FEDHE.

MONTOS DE FINANCIACIÓN

Los montos máximos para financiar por semestre o ciclo académico son:

  • Técnico Profesional: Hasta 1.5 SMMLV.
  • Tecnológico: Hasta 1.5 SMMLV.
  • Profesional: Hasta 4 SMMLV.
  • Posgrado: Hasta 5 SMMLV.

Es importante destacar que los costos de matrícula no incluyen cursos de nivelación, inscripciones u otros gastos adicionales exigidos por la IES solo cubre “Matricula Ordinaria”.

ALGUNOS DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA LAS Y LOS ASPIRANTES SON:

Para acceder a los créditos condonables del Fondo FEDHE, los hijos de empleados públicos deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • El padre o madre debe ser empleado(a) público con derechos de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción en el Distrito Capital.
  • Tener una vinculación laboral mínima de un (1) año en carrera administrativa o de cuatro (4) años en libre nombramiento y remoción.
  • No ser beneficiario activo de otro fondo educativo del Distrito Capital o de entidades nacionales.
  • Estar en proceso de admisión o haber sido admitido en una IES debidamente autorizada por el Ministerio de Educación Nacional.
  • Haber presentado las Pruebas de Estado para aspirantes a primer semestre.
  • Mantener un promedio académico igual o superior a 3.6 en una escala de 1 a 5.
  • Tener hasta 25 años cumplidos y demostrar dependencia económica del empleado público postulante.

La documentación que acredita estos requisitos incluye certificaciones laborales, antecedentes disciplinarios, constancias de admisión, pruebas de estado, certificados académicos y documentos de identidad que se deben cargar en el Formulario de Inscripción.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN

Las y los aspirantes serán evaluados bajo un sistema de puntaje con un máximo de 100 puntos, considerando factores como:

  • Antigüedad del padre o madre en el empleo (hasta 20 puntos).
  • Nivel del cargo desempeñado (hasta 20 puntos).
  • Evaluación del desempeño laboral (hasta 10 puntos).
  • Puntaje de Pruebas de Estado o promedio académico (hasta 30 puntos).
  • Edad del aspirante (hasta 15 puntos).
  • Certificado electoral (hasta 5 puntos).

Para ser seleccionado, el postulante debe obtener una calificación mínima de 70 puntos. En caso de empate, se aplicarán criterios de desempate priorizando el nivel de formación, el puntaje académico, la situación socioeconómica y otros factores definidos en el reglamento.

ALGUNAS OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Las y los estudiantes beneficiados se comprometen a:

  • Cursar y aprobar el programa académico financiado.
  • Cumplir con las condiciones de renovación y condonación del crédito educativo.
  • Informar cualquier suspensión de estudios o financiación por otras entidades.
  • Cancelar el crédito en caso de incumplimiento de los requisitos de condonación.
  • Conocer el reglamento operativo del Fondo FEDHE

CONDONACIÓN DEL CRÉDITO

La condonación del crédito educativo otorgado a través del FEDHE procederá cuando el beneficiario cumpla con los siguientes requisitos:

  • Haber finalizado el programa académico para el cual se otorgó el crédito.
  • Acreditar el cumplimiento del requisito de permanencia en la entidad distrital, conforme a los términos establecidos en el reglamento del fondo.
  • Presentar la documentación requerida para la condonación dentro de los plazos estipulados.

Deberá tramitar ante el DASCD al correo contacto@serviciocivil.gov.co , la solicitud escrita debidamente motivada de condonación del crédito educativo, dentro de los seis (6) meses después de haber obtenido el título, soportada en los siguientes documentos:

  • 1.1.1. Constancia expedida por la Institución de Educación Superior en la que se especifique explícitamente el tiempo de duración del Programa Académico, así como la fecha de iniciación y terminación satisfactoria de los estudios.
  • 1.1.1.2. Copia del diploma o acta de grado del título obtenido.
  • 1.1.1.3. Certificación de prestación de tiempo de servicio del padre o madre del beneficiario (a), como funcionario del D.C. por el tiempo financiado, expedida por la entidad competente.

Es fundamental no haber incumplido las obligaciones adquiridas en el marco del crédito educativo.

FONDO FRADEC

El Fondo FRADEC, está dirigido a financiar la educación formal mediante créditos condonables de las y los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción, en niveles que van desde el técnico profesional hasta el postgrado. Los estudios deben cursarse en Instituciones de Educación Superior autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional en Colombia.

El reglamento operativo del FRADEC establece de forma clara los lineamientos y requisitos para otorgar estos créditos educativos 100% condonables. Entre los aspectos destacados se mencionan los criterios de elegibilidad, los montos máximos a financiar por semestre o ciclo académico y las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios, garantizando un proceso transparente y orientado al mérito académico por ende a continuación se reseñan algunos aspectos relevantes:

FINALIDAD Y RUBRO PARA FINANCIAR

FRADEC tiene como objetivo otorgar créditos educativos condonables por prestación de servicios y mérito académico, para que los empleados públicos del Distrito Capital puedan financiar su educación formal en programas de pregrado y posgrado.

El fondo financiará, por semestre o ciclo académico, la “Matrícula Ordinaria”. Esta financiación no contempla costos asociados a cursos de nivelación, inscripciones u otros gastos complementarios. Los montos máximos establecidos son:

Técnico Profesional: Hasta 3 SMMLV

Tecnológico: Hasta 3 SMMLV

Universitario: Hasta 6 SMMLV

Postgrado: Hasta 7 SMMLV

(El régimen de cuantías entró en vigor con modificaciones a partir de la Convocatoria No. 2017-2, y otros aspectos operativos rigen desde la convocatoria 2023-2.)

INSTITUCIONES Y PROGRAMAS AUTORIZADOS:

Serán elegibles aquellos empleados públicos que se inscriban en Programas Académicos, ya sea en modalidad presencial o virtual, ofrecidos por Instituciones de Educación Superior debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional en Colombia.

ALGUNOS DE LOS REQUISITOS Y CRITERIOS PARA ASPIRANTES

Para postularse a la financiación, las y los empleados públicos deben cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Contar con derechos de carrera en el sistema general o de libre nombramiento y remoción.
  • Haber laborado en el Distrito Capital por al menos un año (o más de 4 años en el caso de libre nombramiento y remoción).
  • No haber sido sancionado disciplinariamente en el último año ni durante el proceso de selección.
  • Estar en proceso de admisión o haber sido admitido en una Institución de Educación Superior autorizada.
  • Acreditar su situación mediante documentación como certificaciones laborales, constancias de inscripción, programas académicos actualizados y el certificado electoral correspondiente.
  • Además, los beneficiarios que hayan condonado créditos anteriores podrán postularse nuevamente, siempre y cuando se priorice a quienes se benefician por primera vez y se tenga en cuenta la disponibilidad de recursos.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN:

El proceso de selección se regirá por una puntuación máxima de 100 puntos, evaluando aspectos tales como:

  • Antigüedad en el servicio público (hasta 30 puntos).
  • Nivel del cargo desempeñado (hasta 20 puntos).
  • Congruencia del Programa Académico con la misión de la entidad o su aporte en competencias digitales (hasta 20 puntos).
  • Resultados en la última evaluación anual del desempeño laboral (hasta 15 puntos).
  • Consideración de condiciones especiales (personas con discapacidad, víctimas del conflicto armado o cabeza de familia, hasta 10 puntos).
  • Presentación del certificado electoral (hasta 5 puntos).

Los postulantes deben alcanzar un mínimo de 50 puntos para ser seleccionados. En caso de empate, se aplicarán criterios de desempate que priorizan, entre otros, a quienes se postulan por primera vez y a los postulantes con menor Asignación Básica Mensual.

DURACIÓN Y OBLIGACIONES DEL CRÉDITO EDUCATIVO

La financiación se extenderá por el número de periodos académicos necesarios para culminar el Programa Académico, sin incluir retroactividad de periodos ya cursados. El crédito entra en vigencia desde su legalización dentro de la convocatoria.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

Una vez legalizado el crédito, los beneficiarios deberán:

  • Cursar y aprobar el programa académico en los plazos establecidos y obtener el título académico correspondiente.
  • Cumplir con las condiciones y requisitos para la condonación del crédito.
  • Tramitar la renovación del crédito, de ser necesario, siguiendo los procedimientos del ICETEX.
  • Gestionar, por escrito, el permiso de estudios ante el responsable de talento humano, con un límite de horas laborales (máximo 5 semanales o 20 mensuales) que podrán utilizar para actividades académicas.
  • Informar al DASCD sobre ingresos adicionales que puedan generar excedentes en el valor de la matrícula.
  • Notificar por escrito cualquier suspensión de los estudios.
  • Cancelar al ICETEX, en caso de no cumplir con los requisitos de condonación o en situaciones de suspensión definitiva.
  • Reintegrar errores en los desembolsos y obtener el título académico dentro de un año de terminados los estudios, con posibilidad de prórrogas.
  • Conocer lo dispuesta en el reglamento operativo del Fondo FRADEC

Asimismo, se establece una sanción de dos años para quienes sean sancionados o renuncien al crédito, impidiéndoles postular durante ese período.

CONDONACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO

Para acceder a la condonación del crédito, el beneficiario debe:

  • Adelantar y culminar satisfactoriamente el Programa Académico en el tiempo previsto.
  • Obtener el título o grado respectivo dentro del año siguiente a la terminación del programa.
  • Prestar servicios en la entidad donde labora o en otras del Distrito Capital durante la duración de los estudios.

El proceso de condonación requiere la presentación de los siguientes documentos ante el DASCD al correo contacto@serviciocivil.gov.co:

  1. Constancia expedida por la Institución de Educación Superior en la que se especifique el tiempo de duración del Programa Académico, así como la fecha de iniciación y terminación satisfactoria de los estudios.
  2. Copia del diploma o acta de grado del título obtenido.
  3. Certificación de prestación de tiempo de servicio como empleado del D.C. por el tiempo de duración de los estudios financiados, expedida por la entidad competente.

Con esta iniciativa, los Fondos Educativos FRADEC y FEDHE reafirman su compromiso de apoyar el desarrollo profesional y la capacitación continua de las y los empleados públicos y sus hijos o hijas.

Muy pronto iniciarán las inscripciones, sugerimos estar al pendiente de los canales oficiales del DASCD, donde se publicará el cronograma, los términos de referencia y el reglamento vigente para el proceso.

(1) Central Unitaria de Trabajadores Subdirectiva Bogotá -Cundinamarca CUT Bogotá-Cundinamarca, Federación Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado -FENALTRASE-; Federación Colombiana de Trabajadores        y Servidores Públicos   -FECOTRASERVIPUBLICOS,Unión     Nacional de Trabajadores del Estado y los Servicios Públicos de Colombia -UTRADEC-CGT-; Federación Nacional de Trabajadores de la Educación y Servidores Públicos de Colombia FENALTRAESP-; Federación Unión Nacional de Trabajadores del Estado, los Servicios Públicos y la Comunidad -UNETE-.Federación Nacional de Trabajadores por el Mérito y el Trabajo Decente Procurar País -PROPAIS, Federación Sindical de Trabajadores de Colombia -F.T.C.FEM-, y la Federación Nacional de Trabajadores de Colombia FEDEASONAL.

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