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Prestaciones Sociales

Régimen de cesantías retroactivas

Se debe tener en cuenta que con la expedición de la Ley 1071 de 2006, se reguló el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales a los servidores públicos de cualquier orden, como de su oportuna cancelación, siempre y cuando medie previa solicitud del interesado, siendo obligación de la entidad expedir el acto administrativo de liquidación y reconocimiento.

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