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TELETRABAJO

Diferencia entre Teletrabajo y traslado o permuta.

La implementación de la modalidad laboral del teletrabajo, es procedente en el sector público y ya se han adoptado directrices a nivel distrital para que se realicen pruebas piloto, en las que se establezcan las condiciones en que se va a desarrollar ésta forma de trabajo, como seleccionar a los beneficiados del mismo y los criterios que regularán relaciones entre las partes.

Aclaraciones para el trabajo en casa

“Atentamente solicito una aclaración respecto al trabajo en casa ya que por encontrarme con un estado gripal y después de haber superado una gastroenteritis (con incapacidad medica) mi jefe inmediato me autorizo trabajar desde mi casa, pero la jefe de la dirección dice no autoriza el trabajo ya que se debe cumplir horario presencial en la oficina, mis actividades no requieren de presencia en la oficina ya que todo mi apoyo lo puedo hacer por medio de correos electrónicos, vía WhatsApp y otros medios establecidos por la institución, he cumplido con las actividades con mi jefe inmediato y he permanecido conectado en tiempo real a los correos y plataformas de la institución, entonces es realmente necesario desplazarme a la oficina para realizar las actividades aun cuando estas mismas las puedo realizar en su totalidad desde mi casa??? Soy auxiliar de farmacia de carrera administrativa y mis actividades son de apoyo administrativo no atiendo público, no es claro para mí que la jefe de dirección vaya en contravía a las disposiciones del gobierno distrital y nacional de permanecer en casa, y no realizar desplazamientos innecesarios cuando las actividades propias de mi cargo las puedo desempeñar desde mi casa y con esto evitar congestionar los medios de transporte y estar en lugares sin que se requiera de mi presencia. Mis actividades las puedo y estoy realizando desde mi casa las tareas asignadas por mi jefe inmediato.”

Situaciones Administrativas por Covid-19

A pesar de nuestros esfuerzos y recomendaciones, algunos de los funcionarios no han aceptado la medida justificando que luego de revisar los incisos de cada una de las circulares, decretos y normativa, las entidades que prestan servicios públicos esenciales de manera exegética se encuentran exentos o excluidos de esta medida (numerales 13 y 15 del artículo 3 del Decreto 531 de 2020, artículo 3 del Decreto 491, El literal (g) del punto 1.2 de la Circular 024)
Por lo cual solicitamos sean aclarados los siguientes puntos:
1. ¿Puede la institución UAE – Cuerpo Oficial de Bomberos, dadas las circunstancias adoptar el teletrabajo o trabajo en casa si se encuentra expuesto por ser mayor de 60 años, tener enfermedad base, haber estado expuesto al virus o por estar en el extranjero sin posibilidad de retornar al país?
2. ¿Es posible que el Teletrabajo o Trabajo en Casa sea realizado en los turnos en los que normalmente ellos laboran, toda vez que el personal operativo presta sus servicios por sistema de turnos?
3. ¿El personal operativo que se acoge a la modalidad del teletrabajo o trabajo en casa, estaría incumpliendo lo dispuesto en el literal (g) de la circular 024 de la Alcaldía Mayor de Bogotá?
4. ¿Es necesario realizar un acto administrativo para la aprobación de teletrabajo o trabajo en casa para el personal operativo? En caso de ser positiva la respuesta este debe ser general o individual?
5. ¿En caso de que el personal operativo aplique al teletrabajo o trabajo en casa, tiene derecho a la liquidación y pago de las horas nocturnas, dominicales y festivas de su jornada laboral de acuerdo a la programación del turno asignado?
6. ¿Tiene derecho al pago de las horas extras nocturnas, dominicales y/o festivas, adicionales a las 190 horas mensuales?
7. ¿Quién es el responsable de determinar si el funcionario hace o no horas extras durante su aislamiento, trabajo en casa o teletrabajo, para este caso cuantas son las horas extras autorizadas?
8. ¿Pueden ser pagadas horas extras en los casos de aislamiento o teletrabajo asignado por vulnerabilidad?
9. ¿Es legal pagar horas extras incluso en los casos donde el funcionario está en aislamiento?
10. ¿Quién es el responsable de brindarle el plan de trabajo al funcionario que ingrese a aislamiento preventivo, teletrabajo o trabajo en casa?
11. ¿Si un funcionario no puede regresar al país debido a la contingencia, puede ser posible que haga teletrabajo o trabajo en casa desde el país donde se encuentre?
12. ¿De ser posible lo anterior por favor indicar si es factible pagarle horas extras, recargos, dominicales y nocturnas de acuerdo al turno asignado?”

Situaciones Administrativas por Covid-19

A pesar de nuestros esfuerzos y recomendaciones, algunos de los funcionarios no han aceptado la medida justificando que luego de revisar los incisos de cada una de las circulares, decretos y normativa, las entidades que prestan servicios públicos esenciales de manera exegética se encuentran exentos o excluidos de esta medida (numerales 13 y 15 del artículo 3 del Decreto 531 de 2020, artículo 3 del Decreto 491, El literal (g) del punto 1.2 de la Circular 024)
Por lo cual solicitamos sean aclarados los siguientes puntos:
1. ¿Puede la institución UAE – Cuerpo Oficial de Bomberos, dadas las circunstancias adoptar el teletrabajo o trabajo en casa si se encuentra expuesto por ser mayor de 60 años, tener enfermedad base, haber estado expuesto al virus o por estar en el extranjero sin posibilidad de retornar al país?
2. ¿Es posible que el Teletrabajo o Trabajo en Casa sea realizado en los turnos en los que normalmente ellos laboran, toda vez que el personal operativo presta sus servicios por sistema de turnos?
3. ¿El personal operativo que se acoge a la modalidad del teletrabajo o trabajo en casa, estaría incumpliendo lo dispuesto en el literal (g) de la circular 024 de la Alcaldía Mayor de Bogotá?
4. ¿Es necesario realizar un acto administrativo para la aprobación de teletrabajo o trabajo en casa para el personal operativo? En caso de ser positiva la respuesta este debe ser general o individual?
5. ¿En caso de que el personal operativo aplique al teletrabajo o trabajo en casa, tiene derecho a la liquidación y pago de las horas nocturnas, dominicales y festivas de su jornada laboral de acuerdo a la programación del turno asignado?
6. ¿Tiene derecho al pago de las horas extras nocturnas, dominicales y/o festivas, adicionales a las 190 horas mensuales?
7. ¿Quién es el responsable de determinar si el funcionario hace o no horas extras durante su aislamiento, trabajo en casa o teletrabajo, para este caso cuantas son las horas extras autorizadas?
8. ¿Pueden ser pagadas horas extras en los casos de aislamiento o teletrabajo asignado por vulnerabilidad?
9. ¿Es legal pagar horas extras incluso en los casos donde el funcionario está en aislamiento?
10. ¿Quién es el responsable de brindarle el plan de trabajo al funcionario que ingrese a aislamiento preventivo, teletrabajo o trabajo en casa?
11. ¿Si un funcionario no puede regresar al país debido a la contingencia, puede ser posible que haga teletrabajo o trabajo en casa desde el país donde se encuentre?
12. ¿De ser posible lo anterior por favor indicar si es factible pagarle horas extras, recargos, dominicales y nocturnas de acuerdo al turno asignado?”

Situaciones Administrativas por Covid-19

A pesar de nuestros esfuerzos y recomendaciones, algunos de los funcionarios no han aceptado la medida justificando que luego de revisar los incisos de cada una de las circulares, decretos y normativa, las entidades que prestan servicios públicos esenciales de manera exegética se encuentran exentos o excluidos de esta medida (numerales 13 y 15 del artículo 3 del Decreto 531 de 2020, artículo 3 del Decreto 491, El literal (g) del punto 1.2 de la Circular 024)
Por lo cual solicitamos sean aclarados los siguientes puntos:
1. ¿Puede la institución UAE – Cuerpo Oficial de Bomberos, dadas las circunstancias adoptar el teletrabajo o trabajo en casa si se encuentra expuesto por ser mayor de 60 años, tener enfermedad base, haber estado expuesto al virus o por estar en el extranjero sin posibilidad de retornar al país?
2. ¿Es posible que el Teletrabajo o Trabajo en Casa sea realizado en los turnos en los que normalmente ellos laboran, toda vez que el personal operativo presta sus servicios por sistema de turnos?
3. ¿El personal operativo que se acoge a la modalidad del teletrabajo o trabajo en casa, estaría incumpliendo lo dispuesto en el literal (g) de la circular 024 de la Alcaldía Mayor de Bogotá?
4. ¿Es necesario realizar un acto administrativo para la aprobación de teletrabajo o trabajo en casa para el personal operativo? En caso de ser positiva la respuesta este debe ser general o individual?
5. ¿En caso de que el personal operativo aplique al teletrabajo o trabajo en casa, tiene derecho a la liquidación y pago de las horas nocturnas, dominicales y festivas de su jornada laboral de acuerdo a la programación del turno asignado?
6. ¿Tiene derecho al pago de las horas extras nocturnas, dominicales y/o festivas, adicionales a las 190 horas mensuales?
7. ¿Quién es el responsable de determinar si el funcionario hace o no horas extras durante su aislamiento, trabajo en casa o teletrabajo, para este caso cuantas son las horas extras autorizadas?
8. ¿Pueden ser pagadas horas extras en los casos de aislamiento o teletrabajo asignado por vulnerabilidad?
9. ¿Es legal pagar horas extras incluso en los casos donde el funcionario está en aislamiento?
10. ¿Quién es el responsable de brindarle el plan de trabajo al funcionario que ingrese a aislamiento preventivo, teletrabajo o trabajo en casa?
11. ¿Si un funcionario no puede regresar al país debido a la contingencia, puede ser posible que haga teletrabajo o trabajo en casa desde el país donde se encuentre?
12. ¿De ser posible lo anterior por favor indicar si es factible pagarle horas extras, recargos, dominicales y nocturnas de acuerdo al turno asignado?”

Teletrabajo

Soy Funcionario público activo, tengo 60 años y a mi cargo (…) tengo a mi Sra. madre de 85 años de edad, llevo 34 años trabajando en la entidad pública, desempeñándome como técnico de estadística con 23 años de experiencia en esas funciones, aunque mi cargo nominal es de secretaria.
La entidad adopto el trabajo en casa durante el periodo de aislamiento y del cual fui beneficiaria, pero debo reintegrarme a laborar tiempo completo en horarios laborales.
Mi consulta es, debido a que estoy en el marco de excepciones por mi edad y por las circunstancias anteriormente mencionadas y al haberse comprobado que las funciones a mi cargo son teletrabajables, ¿puedo solicitar teletrabajo formal en mi empresa?, y que normas podrían favorecerme.

Teletrabajo

Soy Funcionario público activo, tengo 60 años y a mi cargo (…) tengo a mi Sra. madre de 85 años de edad, llevo 34 años trabajando en la entidad pública, desempeñándome como técnico de estadística con 23 años de experiencia en esas funciones, aunque mi cargo nominal es de secretaria.
La entidad adopto el trabajo en casa durante el periodo de aislamiento y del cual fui beneficiaria, pero debo reintegrarme a laborar tiempo completo en horarios laborales.
Mi consulta es, debido a que estoy en el marco de excepciones por mi edad y por las circunstancias anteriormente mencionadas y al haberse comprobado que las funciones a mi cargo son teletrabajables, ¿puedo solicitar teletrabajo formal en mi empresa?, y que normas podrían favorecerme.

Teletrabajo, trabajo en casa por Covid – 19

Dado el marco jurídico emanado por la Emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que la función operativa no puede ser realizada desde la casa, solicito su concepto al respecto. sí legalmente podemos continuar nuestras funciones normalmente, dado que nuestras capacidades físicas y medicas son acordes con el trabajo, o por el contrario estamos obligados a aceptar el teletrabajo, con la consiguiente disminución salarial?

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